El ejecutivo buscará de una vez por todas aplicar su política de fortalecimiento de la estatal eléctrica, pues su reforma a la ley secundaria en la materia está congelada en el poder judicial.
El presidente Andrés Manuel López Obrador enviará este mes una iniciativa de reforma constitucional para modificar el sector eléctrico del país, luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) ha perdido participación en el mercado de generación por la entrada de privados, y que sus acuerdos, políticas y hasta la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica para impulsar a la estatal y frenar a los privados cuentan con suspensiones judiciales por amparos que los quejosos promovieron al ser contrarias a la Constitución.
El tercer informe de gobierno de esta administración expuso que la generación neta total por la CFE de septiembre de 2020 a junio de 2021 fue de 98.57 Terawatts hora, 5.71% menor al mismo periodo del año anterior, esto se debe a la incorporación de nuevos proyectos de generación por parte del sector privado y a la reducción del consumo de electricidad por la contingencia del Covid 19.
Entre junio de 2019 y junio de 2021, el número de participantes operando en el Mercado Eléctrico Nacional aumentó de 86 a 156 (de un total de 190 participantes registrados). En tanto, según el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) el total de energía inyectada al Sistema Eléctrico Nacional fue de 261,141 gigawatt/hora con una proporción de 26.8% de energías limpias y 73.2% de energía convencional, lo cual se ha logrado gracias al aumento de renovables en el despacho por criterios económicos.
Sin embargo, la CFE continúa con su preponderancia aunque a través de los contratos que tuvieron excepciones en la reforma del 2014 para que los generadores que ya le vendían a la empresa continuaran con esta actividad. Así, la estatal comercializo el 84% de esta energía, a través de sus seis empresas subsidiarias de generación, CFE intermediación de Contratos Legados y CFE Calificados.
En un año, se incrementó la capacidad de generación en 2,244 megawatts, de la cual el 99.6% fue de tecnologías limpias y el 0.4% de convencionales, a través de 35 centrales eléctricas que inyectaron energía al Sistema Eléctrico Nacional por primera vez en este periodo. Estas centrales eléctricas se ubican en 19 entidades federativas con la siguiente distribución: 28 fotovoltaicas, cinco eólicas, una hidroeléctrica y una de turbina de gas.
A pesar del incremento de la generación renovable en el país, en febrero de este año el presidente envió a la Cámara de diputados una iniciativa preferente para modificar la Ley de la Industria Eléctrica, en sus artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación.
Entre los cambios más relevantes estaba el orden de despacho al que se obligaría al Cenace que como gestor de la red ahora no ponderaría el uso de energía más barata por nodo, sino en primer lugar la energía de las hidroeléctricas de la CFE, seguida por la que se genera en otras plantas de la estatal, la eólica (de privados para intercambio entre ellos o venta a la CFE) y finalmente los ciclos combinados de la CFE, dejando al último las otras renovables, como solar, de privados.
En cuanto al otorgamiento de permisos de generación, que hoy entrega la Comisión Reguladora de Energía (CRE) como una obligación (como una licencia de conducir, que toda persona en México tiene derecho a obtener si la solicita) ahora se sujetarían a criterios de planeación de la red y podrán ser negados. También se obligará al regulador a regulador a revocar permisos “obtenidos mediante la realización de actos constitutivos de fraude a la ley”, y se obligará al gobierno a revisar la rentabilidad y continuidad de los contratos de productores independientes de energía (PIE) que le venden a la CFE.
Discriminación legal
Entre las principales violaciones señaladas por expertos estuvieron: el Artículo 1 de la Carta Magna dice que sus ordenamientos se aplican para todas las personas, incluyendo empresas y extranjeros, sin discriminación, mientras los cambios en la LIE hacen distinciones para el despacho de energía basados en quién es el generador. El 14 Constitucional habla de la seguridad jurídica, ya que nadie puede ser privado de derechos adquiridos si no es a través de un juicio, mientras que los cambios plantean la posibilidad de revisar y revocar permisos de autoabasto si se encuentra que son corruptos.
También se habló del Artículo 16 de la Constitución se refiere a la legalidad y la competencia de las autoridades para revocar estos permisos. El Artículo 386 del Código Penal federal refiere que el fraude es materia penal y lo determinan los juzgados, no la Comisión Regulador de Energía, como se pretende.
De ahí que los juzgados administrativos primero y segundo de distrito en materia de competencia económica concedieron las suspensiones de carácter general a todos los afectados, entre los que incluso se amparó la organización ambiental Greenpeace.
Descarga aquí el #TercerInforme del presidente @lopezobrador_:https://t.co/SgLVklJ6UX pic.twitter.com/DiiuVoWbl8
— Gobierno de México (@GobiernoMX) September 1, 2021
Karol García
Fuente: El Economista