Cabeza de Vaca mantiene inmunidad procesal

La Fiscalía General de la República aún podría abrir un caso contra Cabeza de Vaca después de que termine su mandato el 1 de octubre próximo.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la orden de aprehensión contra Francisco Javier García Cabeza de Vaca, que solicitó la Fiscalía General de la República (FGR), al reconocer que el mandatario cuenta con inmunidad procesal.

La resolución del máximo tribunal dejó sin efecto el proceso penal iniciado por la FGR contra el gobernador panista, quien no podrá ser detenido mientras ostente el cargo, aunque la fiscalía queda en libertad de iniciar una nueva investigación cuando el mandatario estatal concluya el cargo el 1 de octubre próximo.

Por unanimidad de los ministros, la Primera Sala de la Corte declararon procedente pero infundada la controversia constitucional 50/2021 promovida por el Congreso de Tamaulipas en contra de la declaratoria de procedencia al gobernador de la entidad.

Al respecto, la Corte determinó que es fundado el procedimiento legislativo que realizó la Cámara de Diputados, aunque por sí mismo no elimina la inmunidad procesal con la que cuenta García Cabeza de Vaca, y todos los gobernadores en funciones del país.

Asimismo, determinó procedente y fundada la controversia constitucional 70/2021, también promovida por el Congreso de Tamaulipas, en contra de la orden de aprehensión solicitada por la FGR y emitida por un juez federal del Estado de México en contra del gobernador de Tamaulipas por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Es procedente y fundada la controversia constitucional. Se declara la invalidez de la solicitud de orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General de la República, así como de la orden de aprehensión expedida en la causa penal que se precisa en esta ejecutoria en contra del titular del Poder Ejecutivo del estado de Tamaulipas. Esta resolución y la declaratoria de invalidez surtirán efectos a partir de la resolución de los puntos resolutivos de esta sentencia a la Fiscalía General de la República y al juez especializado del sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México, con sede en Almoloya de Juárez”, mencionó la sentencia.

Facultad de Legislativos locales

El alto tribunal consideró que, de acuerdo con el párrafo quinto del Artículo 111 de la Constitución Federal, el procedimiento para retirar la inmunidad procesal del Ejecutivo de una entidad federativa es complejo, pues en éste interviene la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y posteriormente el Congreso de la entidad federativa correspondiente quien, en última instancia, decide si un servidor público estatal —en este caso el titular del Poder Ejecutivo—, puede ser enjuiciado penalmente por la comisión de un delito federal durante el periodo en el que ejerce su cargo.

De esta manera, la Sala resolvió que el efecto de la Declaración de Procedencia que realice la Cámara de Diputados solamente es para ser comunicada a la legislatura local a fin de que ésta determine lo que corresponda conforme a la facultad ya mencionada.

Tras la resolución, el gobernador tamaulipeco celebró, mediante redes sociales, la decisión del máximo tribunal del país.

“El proceso de desafuero fue impuesto por el partido en el gobierno para sacar tajada política en los procesos electorales 2021 y 2022”, dijo en un video. (Con información de Redacción)

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Jorge Monroy

Fuente: El Economista