Las reformas buscan dotar a la AFAC de facultades para expedir disposiciones sobre aeropuertos civiles.
Comisiones de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reformas a la Ley de Aeropuertos y a la Ley de Aviación Civil, en materia de protección del espacio aéreo mexicano, que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con 57 votos a favor de la mayoría de Morena y sus aliados, cuatro en contra y 45 abstenciones de la oposición, las comisiones unidas de Comunicaciones, Economía y de Infraestructura de la Cámara de Diputados, aprobaron el dictamen.
Luego de casi dos horas de discusión por el trámite legislativo, la mayoría de Morena y sus aliados se impusieron con un dictamen “a modo del Ejecutivo”, acusó la oposición, elaborado por la Comisión de Infraestructura, que preside el PT, y desechó, con 53 votos en contra y 46 favor, el dictamen que presentó la Comisión de Comunicaciones, que preside el PAN.
Este dictamen aprobado por mayoría -que fue turnado al pleno de diputados para su discusión y votación- contiene cambios en materia de protección del espacio aéreo, para recuperar la categoría 1 de la aviación mexicana, se indica.
Se argumenta que las reformas son para “dotar legalmente a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), de facultades para expedir disposiciones técnico-administrativas en materia aeroportuaria relativas a la administración, operación, construcción y certificación de aeropuertos y aeródromos civiles”.
Además, para expedir “los programas maestros de desarrollo, programas indicativos de inversiones, servicios aeroportuarios y complementarios, y en materia de aviación civil, actualizar el marco jurídico regulatorio para armonizarlo con la normativa internacional en la materia y con las buenas prácticas internacionales establecidas en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago)”.
Loa anterior “para garantizar la seguridad operacional, protección, eficiencia de las operaciones aéreas civiles, así como la protección del medio ambiente”.
“Clarifica la naturaleza jurídica de la AFAC, como órgano administrativo desconcentrado adscrito a la SICT, y pretende dotarla de atribuciones que le permitan ejercer su autonomía técnica, operativa y administrativa en la coordinación, vigilancia y control de la prestación de los servicios de transporte aéreo nacional e internacional, aeroportuarios, complementarios y comerciales, de manera más precisa y acorde con la normativa internacional en la materia”, se agrega.
Las modificaciones a la Ley de Aeropuertos plantean la autorización de permisos para la operación y explotación de los aeródromos o helipuertos civiles, los cuales se supeditarán a la coordinación que se establezca con la Sedena y la Marina.
En la Ley de Aviación Civil se contemplan acciones de autorización para sobrevolar el espacio aéreo, así como aterrizar y despegar en territorio mexicano, respecto de aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial.
La persona titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes -según establece el artículo 14 del Decreto-”podrá otorgar concesiones, sin sujetarse a licitación pública, a las sociedades mercantiles con participación mayoritaria de los gobiernos de las entidades federativas o de los municipios constituidas para la administración, operación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos”.
Víctor Chávez
Fuente: El Financiero