Alvaro Aragón Ayala.
No hay reversa: análisis elaborados por la Subsecretaría de Educación Superior de la SEP, especialistas en derecho universitario de la UNAM, la ANUIES y de otras agrupaciones universitarias, en torno a los dictámenes judiciales y el rumbo de los juicios de amparo interpuestos por la Universidad Autónoma de Sinaloa, fijan ya como destino jurídico la abrogación o derogación de la Ley de Educación Superior del Estado por inconstitucional y por atentar contra las autonomías de tres universidades públicas autónomas de Sinaloa.
El destino jurídico o la última resolución judicial será, pues, la anulación total o parcial de la Ley de Educación Superior de Sinaloa, cuyo ADN no solo atenta contra las autonomías universitarias, sino que fue diseñada para que, del exterior del campus, desde afuera de las instituciones de enseñanza, fabricar sendas Leyes Orgánicas Foráneas para la Universidad Autónoma de Sinaloa, la Universidad Autónoma de Occidente y la Universidad Autónoma Indígena de México para poder ejercer el dominio absoluto, político, académico y administrativo de las casas de estudio.
La Constitución y Ley General de Educación Superior precisan que “cualquier iniciativa o reforma a las leyes orgánicas (de las Universidades Autónomas) deberá contar con el resultado de una consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria, a los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía, y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado”.
La Ley de Educación del Estado de Sinaloa contraviene este precepto constitucional-legal y coloca al Congreso del Estado como el ente encargado de regular, desde el exterior, las consultas para elaborar iniciativas y nuevas leyes o reformas a las Leyes Orgánicas de las universidades autónomas; faculta a la SEPyC para que se inmiscuya en las áreas sustantivas de la Universidades e instala a la Auditoría Estatal por encima de la Auditoría Superior de la Federación en la fiscalización del presupuesto federalizado de la Casa Rosalina.
Con base en las resoluciones de los jueces federales de las demandas interpuestas por la UAS contra el Congreso Local y el Gobierno del estado, uno por elaborarla y otra por elevarla con su publicación al rango de ley, especialistas de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UNAM, la ANUIES, la Confederación Nacional de Trabajadores Universitarios, la Red Jurídica de Universidades Públicas de México (REJUP), y el Consorcio de Universidades Mexicanas, determinaron, pues, que el destino de la Ley de Educación Superior es su anulación o derogación por contravenir la Constitución y la Ley General de Educación Superior.