Estados, municipios o entidades de gobierno pueden saldar así sus cuentas pendientes ante IMSS e ISSSTE, según la iniciativa presidencial
Ante los millonarios adeudos de estados, municipios, entidades y dependencias federales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pueden aceptar bienes inmuebles para la extinción total o parcial de los adeudos.
En el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación 2022 se propone que el IMSS y el ISSSTE puedan suscribir convenios de regularización de los adeudos y recibir bienes inmuebles como pago.
“El Instituto podrá aceptar como fuente de pago bienes inmuebles que se considerarán como dación en pago para la extinción total o parcial de adeudos distintos de las cuotas y aportaciones que deban depositarse a las cuentas individuales de los trabajadores”, planteó la Presidencia de la República a la Cámara de Diputados.
Por concepto de cuotas, aportaciones y descuentos, los estados, municipios, entidades y dependencias federales adeudan 53 mil millones de pesos tan sólo al ISSSTE.
Sin embargo, no podrá ser cualquier bien inmueble, pues ambos organismos, —IMSS e ISSSTE— harán una evaluación para decidir si lo aceptan o no como pago.
“El Instituto determinará si los bienes a los que se refiere este párrafo, resultan funcionales para el cumplimiento de su objeto, asegurándose de que se encuentren libres de cualquier gravamen o proceso judicial y que el monto del adeudo no sea mayor al valor del avalúo efectuado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales”, se propone.
Los estados, municipios, dependencias o entidades de gobierno a los que se les acepte como pago los bienes inmuebles, también deberán cubrir los gravámenes y demás costos del avalúo, así como todos los gastos administrativos, los cuales no computarán o se descontarán para el cálculo del importe del pago.
Con el fin de promover el saneamiento de los créditos adeudados por concepto de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos y sus accesorios —con excepción de las cuotas del seguro de retiro, cesantía de edad avanzada y vejez—, por parte de las entidades federativas municipios y organismos descentralizados, se autoriza al IMSS durante el ejercicio fiscal 2022 “suscribir convenios de pago en parcialidades en un plazo máximo de hasta seis años” y “aceptar como fuente de pago bienes inmuebles”, detalla el documento.
Paris Alejandro Salazar
Fuente: El Heraldo de México