Un ministro de la SCJN determinó que el INE debe realizar la consulta de revocación de mandato con el presupuesto que le aprobó el Congreso.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Fernando Franco González Salas determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe atender la realización de la consulta de revocación de mandato con el presupuesto que le asignó el Congreso de la Unión para el siguiente año, de lo contrario caería en responsabilidades penales por no cumplir el mandato.
Hace una semana, el INE interpuso una controversia constitucional ante el máximo tribunal del país en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, que le recortó 4,913 millones de pesos de lo que había solicitado.
Los consejeros electorales señalaron que una reducción de estas proporcionesimpide el ejercicio pleno de las atribuciones constitucionales a las que está obligada la autoridad electoral, en particular, la realización de la consulta de revocación de mandato que, en caso de ser solicitada por la ciudadanía, requiere de 3,830 millones de pesos para llevarse a cabo.
“Es improcedente la suspensión respecto a que el INE no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, así como que se exima al INE y a su personal de las sanciones administrativas, penales o de diversa índole a que hubiera lugar”, determinó el ministro.
La semana pasada, el INE informó que como resultado de diversos ajustes en su presupuesto logró reasignar 1,503 millones de pesos para el proceso de revocación, no obstante, tiene un boquete de 2,554 millones de pesos para organizar este proceso.
Sin embargo, la decisión de la Corte al respecto de esta controversia aún no está definida pues falta su análisis de fondo, lo cual podría llevar algunos meses, es decir, hasta principios del año que viene.
El INE ha dicho que si no se asigna el presupuesto adecuado, no llevará a cabo la consulta de revocación en abril, como lo estipula la Constitución.
Emmanuel Carrillo
Fuente: Forbes