El doctor en Estudios Fiscales de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), Eleazar Angulo López consideró necesario que las cámaras empresariales se pronuncien sobre la problemática que se está presentando en las oficinas del Sistema de Administración Tributaria (SAT) por la exigencia de la constancia de situación fiscal a los trabajadores para efecto de timbrar la nómina Comprobante Fiscal Digital CFDI por Internet 4.0.
En entrevista respecto a la polémica sobre la cual incluso ya se ha pronunciado el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, el especialista consideró que no es necesario que los trabajadores tengan que acudir al SAT a solicitar el mencionado documento cuando es suficiente con que el patrón les solicite el Código Postal actual a los trabajadores.
“La recomendación es que el patrón le solicite esa información al trabajador, si el trabajador sabe perfectamente cuál es el Código Postal, que lo proporcione y no es una obligación que tenga que ir toda la planta laboral personalmente a las oficinas del SAT, esa confusión que ha existido es lo que ha llamado la atención y prueba de ello es que en los últimos días de junio se saturaron las oficinas”, detalló Angulo López.
Explicó que ahora lo que pretende la autoridad es identificar exactamente dónde vive el trabajador porque ahorita muchos quizás tienen el domicilio de los patrones anteriores y esas son bases de datos que no le reditúan a la autoridad.
“Consideramos que es parte de la fiscalización que está llevando a cabo la autoridad y a futuro nos vamos a dar cuenta de qué manera la autoridad va a fiscalizar ahora sí a los trabajadores, pero por conducto de los patrones”, anotó el doctor en estudios fiscales.
Para evitar aglomeraciones, el especialista recomendó que el patrón pida el Código Postal actual al trabajador y que este lo proporcione.
El coordinador del área fiscal de la Facultad de Contaduría y Administración de la UAS puntualizó que la señora Raquel Buenrostro, directora del SAT, ha sido persistente en señalar que ellos no están obligando ni al patrón, ni al trabajador y que lo único que se le pide al patrón es que para que sea deducible el pago del salario debe llevar el Código Postal actual del trabajador porque los atributos del CFDI 4.0 cuando se emitan así lo manifiestan.