De acuerdo con el investigador y jurista universitario, Gonzalo Armienta Hernández, el nuevo Sistema de Justicia Penal acusatorio instrumentado hasta el 2018, es un sistema “garantista, competente e inclusivo”, reconocido por organismos internacionales que avalan su eficacia y pertinencia, aunque existe una falla que, considera, debe resolverse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación de inmediato para que se cumpla el principio de “justicia pronta y expedita” reconocido en el artículo 17 constitucional.
“La mejora fundamental es que se dicte sentencia y que se marque con toda claridad que, aquellas personas que no se les haya dictado sentencia en el término de dos años, dicha sentencia sea absolutoria”, declaró el también coordinador de la Unidad de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de esta Máxima Casa de Estudios sinaloense.
En ese sentido, dio a conocer que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya emitió un comunicado este 9 de febrero, resolviendo que “los órganos jurisdiccionales pueden pronunciarse sobre la prolongación o cese de la prisión preventiva decretada en un proceso penal cuando esa medida ha rebasado el plazo razonable de dos años previsto en el artículo 20, apartado B, fracción IX, segundo párrafo, de la Constitución federal vigente”.
“Las sentencias deben dictarse dentro de dos años una vez iniciado el proceso, incluso ya la Corte dio una última resolución en este sentido, porque de no dictarse una sentencia durante ese tiempo, quiere decir que no hay elementos suficientes para inculpar a una persona y, por lo tanto, esa persona debería salir libre”, agregó.
Sin embargo, declaró, que algunos juzgados locales y federales se resisten a aplicar dicha resolución como el caso que a continuación expuso.
“Tenemos casos tan patéticos como las indígenas que supuestamente secuestraron a unos policías federales y que estuvieron recluidas muchos años sin que se les dictara sentencia y que menos tenían derecho a una libertad bajo fianza porque el secuestro es un delito grave. Y esa es la gran falla de nuestro Sistema Penal acusatorio que, aunque se señale que debe dictar sentencia en un máximo de dos años, los jueces no cumplen y no hay una sanción específica para quienes no cumplan”, dijo.
Finalmente, habló de los nuevos delitos graves contemplados en el Catálogo de Delitos Graves para Prisión Preventiva Oficiosa ampliado por el Senado en febrero del año pasado, que según Armienta Hernández debe modificarse porque la administración de justicia que requiere la corrupción, por ejemplo, “viola los derechos humanos de los inculpados” y no permite que México entre a una nueva etapa del derecho.
“Creo que los inculpados por corrupción deberían defenderse fuera de prisión y no recluidos porque puede deberse a una venganza de tipo político”, apuntó.
Finalmente, el jurista universitario recomienda que las partes correspondientes resuelvan ya la falla aquí expuesta para que se cumpla el principio de “justicia pronta y expedita” como derecho fundamental y garantía de igualdad ante la ley.
“Y hablar de que haya procedimientos de más de ocho años resulta estar completamente fuera de lo que debe entenderse como justicia”, concluyó.