Las controversias fueron emitidas por tres municipios de Coahuila, dos del Estado de México y dos de Guanajuato.
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio entrada a siete controversias constitucionales promovidas por tres municipios de Coahuila, dos del Estado de México y dos de Guanajuato, en contra del llamado “Plan B” en materia electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los ayuntamientos impugnan las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que conforman la primera parte del polémico ordenamiento del Ejecutivo federal, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el diciembre pasado.
Los recursos jurídicos interpuestos por dichas alcaldías se suman a las controversias constitucionales que promovieron el Instituto Nacional Electoral (INE) y el municipio de Chihuahua, Chihuahua, las cuales también se admitieron a trámite hace unos días en la SCJN.
Pérez Dayán negó otorgar la suspensión solicitada a los municipios, ya que, argumentó “combaten normas generales y no se actualiza la excepción establecida por la Corte, consistente en que la suspensión puede otorgarse siempre y cuando impliquen o puedan implicar la transgresión irreversible de algún derecho humano”.
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio entrada a siete controversias constitucionales promovidas por tres municipios de Coahuila, dos del Estado de México y dos de Guanajuato, en contra del llamado “Plan B” en materia electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los ayuntamientos impugnan las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que conforman la primera parte del polémico ordenamiento del Ejecutivo federal, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el diciembre pasado.
Los recursos jurídicos interpuestos por dichas alcaldías se suman a las controversias constitucionales que promovieron el Instituto Nacional Electoral (INE) y el municipio de Chihuahua, Chihuahua, las cuales también se admitieron a trámite hace unos días en la SCJN.
Pérez Dayán negó otorgar la suspensión solicitada a los municipios, ya que, argumentó “combaten normas generales y no se actualiza la excepción establecida por la Corte, consistente en que la suspensión puede otorgarse siempre y cuando impliquen o puedan implicar la transgresión irreversible de algún derecho humano”.
Rivelino Rueda
Fuente: El Sol de México