La próxima semana serán sustituidas las medidas sanitarias de prevención que se emitieron hace dos años para los centros de trabajo en el DOF.
La próxima semana serán sustituidas las medidas sanitarias de prevención que se emitieron hace dos años para los centros de trabajo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) ante la pandemia del Covid-19, con lo que el uso de cubrebocas no será obligatorio, anunció Hugo López-Gatell, subsecretario de Salud.
“Ese acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial, con la disposición del secretario de Salud, el titular del IMSS y las secretarias de Trabajo y Economía, ya va a ser abrogado, eliminado y sustituido por una serie de recomendaciones que sólo tendrán ese carácter de recomendaciones, pero ya no un carácter obligatorio para las empresas o las unidades comerciales que son de carácter laboral”, indicó el funcionario durante la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.
López-Gatell recordó que “el gobierno de México nunca declaró la obligatoriedad del cubrebocas, por lo tanto no tenemos que declarar que deje de ser obligatorio porque nunca lo fue, solo es una recomendación”.
El subsecretario de Salud afirmó que, en este momento, esas medidas ya no son indispensables. “Poco antes de la quinta ola ya lo eran y queríamos suspender la vigencia de esas actividades que fueron decretadas en el Diario Oficial en julio del año pasado, antepasado ya. Pero vino la quinta ola y, desde luego, consideramos que era inoportuno que ese fuera el momento de suspenderlas”.
Llega el proyecto de Continuidad Saludable a Conamer
La Secretaría de Salud dio a conocer el proyecto del Acuerdo por el que se emitirán los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante Covid-19 en la plataforma de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, que es la antesala para hacer oficial los nuevos criterios que regirán las actividades económicas y sociales en el país.
El 24 de marzo del 2020 fue publicado, en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus.
Ahora el nuevo documento establecerá las medidas específicas que se deberán implementar en todo el territorio nacional para que las actividades laborales sean “seguras y responsables” y con ello se sustituirá la Nueva Normalidad que inicio el 1 de junio de 2020.
Los criterios se darán a conocer un día después de la publicación del Acuerdo secretarial en la página oficial de Coronavirus.
La definición de los nuevos criterios está a cargo de las secretarias de Salud, Economía y de Trabajo y Previsión Social, así como el IMSS.
¿Cuáles eran las medidas sanitarias obligatorias?
El documento de los Lineamientos Técnicos Específicos para la reapertura de de las actividades económicas establecía que las empresas retomaran sus labores presenciales a partir del color del semáforo epidemiológico.
Otras medidas sanitarias eran:
-Jornadas de desinfección en las áreas de trabajo y acondicionar los espacios laborales para evitar contagios.
-Uso de cubrebocas y protección ocular con caretas al ser espacios cerrados.
-Suministrar dispensadores con gel antibacterial al 70 por ciento de alcohol.
-Colocar señales recordando la distancia mínima de 1.5 metros entre los trabajadores.
-En caso de no poder mantener la distancia se sugirió instalar barreras de plástico entre los trabajadores.
-Sanitarios deben contar con lavamanos y condiciones adecuadas para la limpieza.
-Los trabajadores no deben compartir herramientas de trabajo u objetos personales.
-Los trabajadores deben evitar saludar de beso, mano o abrazo.
-Los trabajadores deben evitar tocarse la cara, nariz, boca y ojos, así como toser y estornudar en el ángulo interno del codo.
-En espacios comunes o de mayor concentración personal favorecer la ventilación natural.
-Tener depósitos suficientes de productos desechables.
-Si una persona tiene síntomas compatibles con los del Covid-19, se debe aislar y dar aviso al empleador.
Entre las medidas laborales se llegó a incluir el evitar uso de joyería, corbata, barba y bigote, por ser reservorios de virus y demás microorganismos.
A través del IMSS se advirtió que aquellas entidades que no cumplieran con las medidas serían sancionadas hasta con la clausura.
Todas las acciones sugeridas se dejaron a evaluación de los gobiernos estatales, que en algunos casos llevaron a términos obligatorios en la ley y con sanciones el uso de cubrebocas, toques de queda o permitió el lanzamiento de su propio semáforo sanitario.
Rafael Ramírez y Nurit Martínez
Fuente: El Sol de México