Ley 8 de 8 contra la violencia: candidatos podrían perder registro por estos motivos

Con la Ley 8 de 8 se busca que las personas que tengan sentencias relacionadas a la violencia ocupen un cargo público.

El Instituto Nacional Electoral (INE) verificará que ninguno de los candidatos que buscan un cargo público en las elecciones de este 2024 incumpla la declaración 8 de 8 contra la violencia de género.

Anteriormente, este mecanismo era conocido como “3 de 3”, pero desde diciembre de 2023 el Consejo General del INE aprobó una ampliación para que ahora sean ocho los supuestos por los que se impediría que una persona se postule a un cargo.

¿Qué es la declaración 8 de 8 del INE?

Este mecanismo implica la suspensión de derechos ciudadanos y a la cancelación del registro de candidaturas federales a quienes tengan una sentencia de alguno de los supuestos de violencia de género.

Los 8 supuestos que implicarían esta cancelación son los siguientes:

  • Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal
  • Contra la libertad y seguridad sexuales
  • Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual
  • Violencia familiar
  • Violencia doméstica
  • Violación a la intimidad sexual
  • Violencia política
  • Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa

Para veirificar que se está cumpliendo este mecanismo en las candidaturas que buscan un cargo público, todas las personas que se postularon debieron declarar en un formato que no se encuentran en ninguno de los supuestos.

Del mismo modo, la ciudadanía podrá proporcionar información a los consejos locales o distritales desde el 2 de marzo hasta el 2 de abril si es que tiene conocimiento de alguna candidata o candidato que no esté cumpliendo la declaración 8 de 8.

La segunda opción que se tendrá será mediante la colaboración e información proporcionada por diversas instituciones durante dicho periodo.

Posteriormente, una vez cerrada la fase de obtención de información, se llevará a cabo el análisis y verificación de las candidaturas y en los casos en que se advierta el posible incumplimiento de requisitos de una candidatura y se cuente con evidencia, la Secretaría Ejecutiva dará vista entre el 2 y 8 de mayo a las personas candidatas.

En el caso de que se determine que una persona candidata incurrió en uno de los ocho supuestos y resulte electa a un cargo de elección popular, no se le entregará la constancia de mayoría.

El objetivo final de este mecanismo consiste en verificar que las candidaturas registradas no tengan suspendidos sus derechos por actos relacionados con violencia en diversas modalidades.

Brenda Barrera

Fuente: El Sol de México